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Los descuentos por volumen y los ajustes geográficos se tendrán en cuenta al determinar el ajuste de TP: ITAT

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El ITAT remitió la cuestión de otorgar un ajuste de descuento por volumen de negocios y un ajuste por diferencia geográfica para la determinación del ALP en el caso de una empresa dedicada al negocio de fabricación de productos químicos como tintes, agroquímicos, medicamentos a granel, productos químicos básicos e intermedios.

Al referirse al fallo del tribunal de Coordinate en el propio caso del evaluado para el año anual 2006-07, el tribunal compuesto por Annapurna Gupta (miembro contable) y TR Senthil (Miembro Judicial) Reiteró que a la empresa tasada se le permitirá ajustar el precio de venta a sus EA debido al descuento por volumen y la geografía de la venta.

El Tribunal señaló que la OPC rechazó el TNMM del evaluado y aplicó CUP siempre que había detalles disponibles y, para las transacciones restantes, aplicó el TNMM.

El Tribunal también tomó nota del argumento del evaluado de que, al determinar el ALP, se debe realizar un ajuste teniendo en cuenta

(i) descuento por volumen otorgado a las EA, considerando un enorme volumen de facturación con las EA en comparación con el pequeño volumen de facturación con diferentes no EA; y

(ii) ventas realizadas en diferentes áreas geográficas a precios diferentes debido a diversos factores que determinan el precio en diferentes geografías.

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Por lo tanto, el ITAT remitió la cuestión de la determinación de ALP a la TPO para una nueva adjudicación.

Abogados del contribuyente: SN Soparkar y Parin Shah

Abogado del Departamento: Darsi Suman Ratnam

Título del caso: Atul Limited versus DCIT

Número de Caso: IT(TP)A No.446/Ahd/2015

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